Patrimonio y vivienda · Reus / Tarragona
Compara el IRPF ordinario con escenarios de exención por vivienda habitual o reinversión en renta vitalicia para mayores de 65 años.
Sin registro · Datos de cálculo locales · Fuentes oficiales consultadas el 19 de octubre de 2026
Estimación orientativa
Introduce los datos del inmueble y los presupuestos. Verás cada partida por separado, las hipótesis utilizadas y lo que necesitas comprobar antes de tomar una decisión.
Convierte esta estimación en una consulta sobre tu operación. Elías o Rubén revisarán tu solicitud y te indicarán la documentación, disponibilidad y honorarios de la consulta privada, en Reus o a distancia. El cálculo no confirma beneficios fiscales.
Se abre una solicitud breve en esta página. Solo se envía al confirmar el contacto y pulsar «Solicitar que me contacten».
La ganancia puede quedar exenta al transmitir la vivienda habitual siendo mayor de 65 años si se cumplen los requisitos. No exige comprar otra vivienda. El carácter habitual y las reglas temporales deben comprobarse; no todas las viviendas de una persona mayor están exentas.
Para otros elementos patrimoniales puede excluirse la ganancia al destinar el importe obtenido a una renta vitalicia asegurada en el plazo de seis meses, con límite conjunto de 240.000 euros y requisitos reglamentarios. Una reinversión parcial solo exonera la proporción correspondiente; no todo el precio ni toda la ganancia por defecto.
El resultado es un escenario condicionado, no una confirmación de elegibilidad. No elimina por sí mismo la plusvalía municipal ni valora la rentabilidad, comisiones, liquidez o garantías del producto asegurador. Cada propietario debe analizar su participación y edad por separado.
Edad y titularidad de cada transmitente, fechas y uso efectivo de la vivienda, escritura de adquisición y venta prevista, y datos necesarios para revisar la exención.
Ejemplo de consulta: si venden dos cotitulares y solo uno supera los 65 años, no apliques automáticamente la misma situación fiscal a ambos. Analiza cada participación y las circunstancias de cada titular.
No. Deben comprobarse los requisitos de la exención que pueda corresponder, y distinguir el IRPF de otros impuestos y gastos. El resultado es orientativo y no acredita el cumplimiento de los requisitos.
Para revisar los datos de tu operación y sus consecuencias, solicita una consulta privada con el despacho.
Las reglas y ordenanzas pueden cambiar. Comprueba la normativa en la fecha de la operación. Los resultados son orientativos y no se presentan como una autoliquidación oficial.